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Incoterms


Antes de comenzar con cualquier proyecto que conlleve el transporte de mercancías internacional, es necesario conocer ciertos términos y trámites que se deben realizar para permanecer siempre dentro del marco legal y conseguir que las importaciones y exportaciones se lleven a cabo sin ningún tipo de contratiempo. Uno de los aspectos que más dudas suele generar y que debe tener siempre en cuenta dentro del comercio internacional son los incoterms (international comercial terms o términos internacionales de comercio).

Definición 

Los incoterms son un grupo de términos comerciales (de tres letras cada uno) que se utilizan en las transacciones internacionales para aclarar los costes y determinar las cláusulas comerciales incluidas en un contrato de compraventa.
Estos términos fueron creados en 1936 por parte de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) bajo el nombre de Incoterms 1936, aunque con el paso del tiempo se han ido adaptando a los diversos cambios surgidos en las prácticas comerciales hasta llegar a los actuales Incoterms 2010, que entraron en vigor el 1 de enero de 2011.
Sin embargo, esta actualización no quiere decir que todos los incoterms pertenecientes a versiones anteriores hayan dejado de tener uso. Por ello, es necesario especificar siempre el incoterm junto al año de la versión correspondiente para no dar lugar a confusiones.
Porque son importantes los incoterms?

El objetivo principal de los incoterms es establecer los criterios acerca de la distribución de los costes, así como de la transmisión de los riesgosentre el comprador y el vendedor en el contrato de una transacción comercial internacional.
Es importante destacar que los incoterms no se tratan de un esquema jurídico de obligatorio cumplimiento, sino que son una serie de condiciones estandarizadas y aceptadas tanto por el comprador como por el vendedor. Gracias a esta normalización, ambas partes son conocedoras en todo momento de los requisitos a los cuales deben atenerse.
Básicamente, los incoterms se encargan de regular cuatro aspectos fundamentales en un contrato de compraventa internacional:
  • Entrega de mercancías: Se trata de una obligación para el vendedor una vez acordada la transacción con la parte compradora. A su vez, existen dos tipos de entrega:
  • Directa: Se define cuando la mercancía se traspasa directamente al comprador y se rige bajo los términos “E” y “D”.
  • Indirecta: Se utiliza en caso de que los artículos se entreguen a través de un intermediario, un transportista o un transitario. Los términos correspondientes a este tipo de entrega son los “F” y “C”.
  • Transmisión de los riesgos: Este aspecto es fundamental dentro de los incoterms, ya que se basa en que el traspaso de los riesgos (y en muchos casos también los gastos) tiene lugar en el lugar y en el momento definidos, según el contrato y el incoterm correspondiente.
  • Distribución de los gastos: Normalmente, el vendedor se hace cargo de todos los gastos necesarios para que la mercancía llegue a su destino en correctas condiciones, mientras que el comprador corre con los gastos restantes.
  • Trámites en la aduana: Generalmente, el vendedor es quien se encarga de los documentos de exportación, excepto en el caso del incotermEXW (Ex Works, En Fábrica), que no cuenta con despacho aduanero de exportación y mediante el cual el comprador se hace responsable de la exportación.
  • En este caso, se suele contratar a un agente de aduanas o un transitario en el país de expedición para que se encargue de la gestión de los trámites correspondientes. En el resto de incoterms sí es necesario el despacho de aduanas, por lo que la exportación será responsabilidad del vendedor.
    Clasificacion de los incoterms
    Los Incoterms 2010 se clasifican en cuatro grandes categorías, dependiendo del tipo de entrega y las responsabilidades adquiridas tanto por el comprador como por el vendedor.
    • Grupo E (Entrega directa a la salida): El vendedor proporciona la mercancía al comprador en sus propias instalaciones.
    • Términos incluidos: EXW
    • Grupo F (Entrega indirecta sin pago del transporte principal): En este caso, el vendedor debe entregar la mercancía a un transportista elegido y pagado previamente por la parte compradora.
    • Términos incluidos: FCA, FAS, FOB
    • Grupo C (Entrega indirecta con pago del transporte principal): El vendedor se encarga de contratar el medio de transporte, pero en ningún caso se responsabiliza de cualquier pérdida o deterioro de la mercancía durante el trayecto, ni tampoco de posibles costes adicionales generados después de la salida de la misma.
    • Términos incluidos: CFR, CIF, CPT, CIP.
    • Grupo D (Entrega directa en el punto de llegada): En este tipo de entrega, el vendedor asume tanto los gastos como los riesgos que implique el transporte de la mercancía hasta el país de destino, los cuales se traspasan al comprador en el punto acordado.
    • Términos incluidos: DAT, DAP, DDP

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